PARA LOS INCRÉDULOS (POCOS QUEDAN).
Esto es una norma propuesta en el Plan Insular de Ordenación, elaborado por el Cabildo de Gran Canaria:
-En ningún caso se admitirá la coexistencia del Uso Turístico con el Residencial Permanente, ni con el de Alojamiento Temporal no Turístico, en una misma parcela.
Esta es otra:
-Los ayuntamientos establecerán regímenes de limitación del estacionamiento en las vías públicas de las piezas mixtas a que se refiere este artículo de forma que se disuada su uso habitual por parte de residentes bien mediante el establecimiento de un sistema de pago, bien por cualquier otra medida efectiva.
Y con esta aseguramos para siempre el negocio de los buitres:
-No se admitirá la reconversión a uso Residencial, ni Temporal no Turístico, de las parcelas con uso Turístico efectivo existentes en el Área.
¡LOS PLANES QUE SE HACEN EN DESPACHOS POR GENTE QUE NO CONOCE LA REALIDAD, OBLIGAN A QUE LA CIUDADANÍA TENGA QUE DEFENDERSE, UNA Y OTRA VEZ!
ESO SÍ, PRESENTANDO ALEGACIONES A ESTE PLAN INSULAR DE ORDENACIÓN (P.I.O.), LO TUMBAREMOS OTRA VEZ.