EL DEFENSOR DEL PUEBLO DINAMITA 25 AÑOS DE LEGISLACIÓN TURÍSTICA CANARIA.

EL DEFENSOR DEL PUEBLO DINAMITA 25 AÑOS DE LEGISLACIÓN TURÍSTICA CANARIA.

VARAPALO A LA ORDENACIÓN TURÍSTICA DE CANARIAS.

La Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT) se dirigió hace unos meses al Defensor del  Pueblo buscando amparo ante la situación creada e iniciada desde 1995 por la normativa turística canaria.

Las leyes del Parlamento de Canarias así como los decretos del Gobierno junto a los planes urbanísticos y territoriales, han ido cercenando el derecho de propiedad y la libertad de empresa de miles de ciudadanos.

Conocedores de este atropello, el objeto de nuestra queja fue denunciar la estrategia articulada para poner fin a la residencialización y el libre uso de la propiedad en zonas con potencialidad turística de las Islas Canarias.

La Oficina del Defensor del Pueblo recogió y estudió rigurosamente la queja de los afectados por la Ley turística y, tras dar audiencia tanto a nuestra Asociación, la Plataforma de Afectados por la Ley Turística, como al Gobierno de Canarias, emitió una resolución que nos ha notificado recientemente.

Siempre hemos estado convencidos de que nos asistía la razón; y ahora, tras el respaldo que supone esta resolución, nos toca hablar claro. Según el dictamen del Defensor del Pueblo, el suelo especializado turístico donde pudiera prohibirse el uso residencial no existe en Canarias. “No hay base jurídica suficiente para sostener, como sostiene la Administración de Canarias, que el uso residencial esté prohibido. No lo está. No puede estarlo, como se ha venido razonando, ni por la especialización del suelo ni por la naturaleza del establecimiento”.

Por tanto, todos los propietarios vecinos de los distintos municipios con potencialidad turística de Canarias, pueden residir en sus viviendas, ya que esta facultad forma parte del contenido del derecho de propiedad. Y, ahonda el Defensor, diciendo que yerra la administración canaria al exigir a los propietarios afectados que demuestren estar empadronados para demostrar el uso residencial. Dispone lo siguiente: “La noción de uso residencial que ha de manejarse aquí para poder entender que la administración respeta los derechos de los propietarios y ocupantes es más amplia que la noción de empadronamiento”. Es el ejemplo paradigmático de la segunda residencia.

Por otra parte, entiende el Defensor del Pueblo que “la imposición de la unidad de explotación es otra limitación al derecho de propiedad y además a la libertad de empresa (art. 38 CE)”.

Son muchos los momentos de indefensión y de dolor que difícilmente olvidaremos los propietarios afectados. Hemos visto a dirigentes políticos al lado de un sector que quería quedarse con el monopolio del “ negocio turístico” y también con la “propiedad ajena” y, hemos sufrido a los técnicos de las diferentes administraciones que, al servicio del sector, han emitido informes que, como ha quedado demostrado vulneran derechos fundamentales protegidos. Son múltiples los abusos causados por los explotadores turísticos respaldados por las administraciones públicas. Como también lo son,  los vecinos que tienen su única residencia en estas viviendas, o los que pueden vivir gracias a las rentas que éstas generan.

Consecuentemente, para los afectados es una bomba de oxígeno que una institución estatal independiente, encargada de proteger el cumplimiento de nuestra Constitución, como es la Oficina del Defensor del Pueblo, concluya:

  • Que la normativa actual es lesiva y no proporcionada, y que vulnera los derechos de propiedad.
  • Que debe promoverse las modificaciones normativas congruentes con el derecho de propiedad, que busquen formas de explotación respetuosas con el mismo, con la libertad de empresa y las competencias del Estado y de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Que se suprima por tanto la unidad de explotación.
  • Y que debe permitirse el alquiler vacacional en zonas turísticas en cumplimiento de la sentencia del TS que anula el artículo 3.2 del Reglamento de las viviendas vacacionales.

Para los legítimos propietarios esto ha supuesto, por un lado, la confirmación del abuso al que se nos ha venido sometiendo; y por otro, un halo de esperanza para que la cordura y el sentido común coloque a cada cosa en su justo espacio.

Creemos en la capacidad de rectificar y en la de mejora, sabemos que debemos estar muy atentos a todo lo que ocurra. Pero con la esperanza de que nuestros políticos, ésos a los que hemos elegido para enarbolar la bandera de la equidad y justicia para la sociedad canaria, actúen con celeridad y deroguen y/o modifiquen la normativa turística canaria que conculca los derechos recogidos en nuestra carta magna.