LA PALT IMPUGNA EL PLAN INSULAR ANTE LOS TRIBUNALES
En el mes de febrero el Cabildo Insular aprobó la revisión del Plan Insular insistiendo en el modelo de especialización turística, de expulsión de los vecinos y de guetos turísticos y residenciales.
Ni Disposición transitoria, ni usos consolidados, ni alquiler vacacional. Y todavía, a día de hoy, nadie ha recibido la respuesta a las alegaciones presentadas en el trámite de información pública.
Como ejemplos de la estrategia miope valen estos extractos:
«Por el contrario, el Uso Residencial Permanente responde a finalidades sustantivamente diferentes, por lo que su coexistencia con el Uso Turístico genera graves interferencias en los modos de producción y utilización del espacio urbano y diferentes necesidades de dotaciones y servicios, repercutiendo todo ello en el deterioro de la oferta alojativa y de la calidad de vida de la población permanente».
«C. Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar áreas diferenciadas a especializar, podrá optarse motivadamente por la compatibilización, estableciendo, conforme a lo dispuesto en este Plan, las normas y criterios que garanticen la coexistencia de ambos usos, sin que se merme o comprometa la calidad de la oferta turística ni la calidad de vida de la población residente.
D. En ningún caso se admitirá la coexistencia del Uso Turístico con el Residencial Permanente, ni con el de Alojamiento Temporal no Turístico, en una misma parcela.
E. En las Áreas con especialización Turística que se delimiten conforme a lo establecido en los apartados anteriores:
1) Se fomentará la reconversión a uso Turístico o, alternativamente, al uso de alojamiento Temporal no Turístico, de las Parcelas con uso Residencial. A tal efecto podrán adscribirse a este uso edificaciones destinadas a uso Residencial Permanente o Temporal ya existentes en el Área».
Para la PALT detrás de este modelo no está el interés general. Favorece a los explotadores extrahoteleros establecidos, pretende perpetuar un modelo económico que ya no genera riqueza a través de la limitación de derechos y expulsa a los propietarios, residentes permanentes o temporales.
Estas y otras razones nos obligan a impugnarlo judicialmente.