NUEVO PROYECTO DE LEY SOBRE VIVIENDA VACACIONAL DEL GOBIERNO DE CANARIAS. Parte I I.

NUEVO PROYECTO DE LEY SOBRE VIVIENDA VACACIONAL DEL GOBIERNO DE CANARIAS. Parte I I.

Hasta el día 26/11/2023 la ciudadanía puede participar en la Consulta pública sobre el nuevo Proyecto de Ley de la Vivienda Vacacional, liderado por la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias, en el siguiente enlace:

https://www.gobiernodecanarias.org/participacionciudadana/iniciativas/iniciativas/detalle/CPP-Consulta-publica-previa-iniciativa-elaboracion-Proyecto-de-Ley-regulador-del-uso-turistico-de-las-viviendas/

Los pequeños propietarios de apartamentos y bungalows y en consecuencia las comunidades canarias residentes en áreas turísticas de Canarias tienen mucho que decir con relación a este nuevo proyecto que reincide en limitar el uso de nuestras propiedades en beneficio exclusivo del negocio de terceros (empresas explotadoras).

Por esto debemos expresarnos y defender nuestro derecho al uso y disfrute de nuestra propiedad, nuestra casa, nuestro patrimonio familiar; derecho que el Tribunal Supremo ha refrendado, anulando articulado que iba en contra de dichos derechos en el actual Decreto sobre Alquiler Vacacional (113/2015), en Diciembre de 2018. Pero la Consejería de Turismo del Gobierno Autónomo hace caso omiso de las sentencias judiciales y vuelve a incidir con artimañas legales en repetir lo que ya ha sido anulado y juzgado.

La actividad económica denominada Alquiler Vacacional, Vivienda Vacacional o Uso Turístico de las Viviendas, según aparece en el título de la Ley, de la que trata este nuevo proyecto de Ley del Gobierno de Canarias, nos ofrece la posibilidad de un mayor reparto de ingresos económicos en el tejido social canario.

Nos referimos a la ciudadanía en general que tendrá la posibilidad de alquilar una vivienda familiar, heredada o comprada o una habitación de su inmueble.

NO nos referimos a grandes empresas, turísticas o no, a las que los PMM (Planes de Mejora, Modernización e Incremento de la competitividad) permiten ampliar la actividad fuera de las áreas turísticas o a las que el RIC (Reserva para Inversiones en Canarias) permite que sus impuestos sean reinvertidos en nuevas propiedades; ya que en estos casos, edificios completos en barrios capitalinos han sido adquiridos para dedicarlos a vivienda vacacional por parte de diferentes tipos de empresas ya existentes o empresas especuladoras de nuevo cuño que han acumulado inmuebles en dichos barrios.

La variedad y casuística hace necesaria la regulación de este tipo de actividad que en los barrios capitalinos o de otros municipios compite con el Alquiler por Larga Temporada, encareciendo los alquileres y expulsando a muchos inquilinos por la LAU.

Es diferente para la población canaria asentada en áreas turísticas de Canarias porque son espacios donde ya existe la convivencia con el turista y serían los apartamentos y bungalows los inmuebles donde, por sentido común, sería más viable que los pequeños propietarios, que lo soliciten o necesiten, puedan sumarse a esta actividad.

Desde la PALT, estamos en contra de que la Vivienda Vacacional o el Alquiler Vacacional se regule también bajo el yugo y a expensas de los intereses económicos de las empresas explotadoras tradicionales. Porque así lo falló y dejó patente negro sobre blanco el Tribunal Supremo en la Sentencia 1766/2018, anteriormente citada.

Por otra parte, ¿ahora se desdicen? ¿Ahora resulta que HAY VIVIENDAS en los edificios de apartamentos y complejos de bungalows donde una empresa explotadora realiza su actividad? ¿En qué quedamos? ¿Se podrían aclarar y no ir cambiando la situación administrativa y civil de las propiedades ajenas, a conveniencia de unos pocos terceros y a espaldas de sus legítimos propietarios?

El galimatías legal en el que la Consejería de Turismo y su patronal hotelera y extrahotelera están inmersos solo responde a la consigna de: “A río revuelto ganancia de pescadores”.

EL TURISMO NO PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE LA CIUDADANÍA CANARIA NI POR ENCIMA DE LOS DERECHOS CIVILES Y CONSTITUCIONALES DE DICHA CIUDADANÍA.