PA’ LO QUE ME QUEDA EN EL CONVENTO…
La Sra. Consejera de Turismo del Gobierno de Canarias, en funciones, y cesante, le acaba de pegar un leñazo de campeonato a los «trabajadores cualificados» de la Consejería.
Estos, creyéndose juristas insignes, incoaron un procedimiento sancionador ¡¡¡a una Comunidad de Propietarios!!! por no tener explotador y, por tanto, dedicar los titulares lo que es suyo a lo que considerasen, pretendiendo una multa de 9.000 euros. Y eso a pesar de que el Complejo lleva sin explotador desde 2016 cuando el mismo huyó sin dejar rastro.
La Consejera anula la multa y les dice a sus subalternos que las Comunidades de Propietarios no tienen personalidad jurídica, algo que sabe cualquier alumno de 2º de Derecho, y que no son propietarias de ningún apartamento, ni titulares de ninguna explotación, ni titulares de establecimiento alguno. Por lo tanto, las Comunidades de Propietarios no tienen responsabilidad administrativa alguna.
La importancia de esta obviedad es que ni el Patronato de Turismo, que tiene afición por enviar cartas y recordatorios, ni la Consejería, pueden dirigirse a ninguna Comunidad de Propietarios requiriéndoles del cumplimiento de obligaciones que no tienen.
Lo que es grande es que haya que recordar estas cosas que son el ABC indispensable para tener una profesión ligada al mundo del Derecho.